Apertura Gubernamental
Información socialmente útil
Misión
El Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) investiga, conserva y difunde el patrimonio arqueológico, antropológico, histórico y paleontológico de la nación con el fin de fortalecer la identidad y memoria de la sociedad que lo detenta.
Visión
El INAH es una Institución con plena facultad normativa y rectora en materia de protección y conservación del patrimonio cultural tangible e intangible, que se encuentra a la vanguardia gracias al nivel de excelencia de la investigación en antropología, arqueología, historia, restauración, museología y paleontología, así como de la formación de profesionales en el ámbito de su competencia. Sus actividades tienen un alto impacto social pues se ha hecho copartícipe con los diferentes niveles de gobierno y con la sociedad en el proceso de toma de decisiones de los planes y programas de desarrollo, para el diseño y ejecución de estrategias de conservación y conocimiento del patrimonio y de la memoria nacional. Actúa en este marco de corresponsabilidad social pues cuenta con infraestructura y recursos adecuados a sus funciones y con suficiente personal altamente capacitado, que se caracteriza por su vocación de servicio para atender los requerimientos del público usuario de manera oportuna, racional y eficiente.
Objetivo general
De acuerdo con lo estipulado en el Artículo 2º. de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia, son objetivos generales del INAH la investigación científica sobre Antropología e Historia relacionada principalmente con la población del país y con la conservación y restauración del patrimonio cultural arqueológico e histórico, así como el paleontológico; la protección, conservación, restauración y recuperación de ese patrimonio y la promoción y difusión de las materias y actividades que son de la competencia del Instituto.
Objetivos estratégicos
- Objetivo 1. Desarrollar investigación de excelencia a fin de contribuir al conocimiento de la cultura nacional.
- Objetivo 2. Fomentar la protección técnica y legal del patrimonio cultural, a fin de garantizar su correcta preservación.
- Objetivo 3. Establecer, supervisar y ejecutar las políticas de conservación del patrimonio cultural que garanticen su adecuada intervención.
- Objetivo 4. Formar profesionales de excelencia académica que contribuyan a investigar, conservar y difundir el patrimonio arqueológico, antropológico, histórico y paleontológico nacional.
- Objetivo 5. Fortalecer la oferta e infraestructura cultural bajo custodia del INAH, para ponerla al servicio de la ciudadanía.
- Objetivo 6. Desarrollar una política de difusión y divulgación que acerque el patrimonio arqueológico, antropológico, histórico y paleontológico nacional a la sociedad
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2o. de la Ley Orgánica, el Instituto tiene las atribuciones generales siguientes:
I. Desarrollar y aplicar conceptos y elementos teóricos y metodológicos para realizar investigación en las materias de su competencia, para contribuir al conocimiento, Conservación, restauración, docencia, difusión y divulgación del Patrimonio Cultural;
II. Promover el conocimiento, revaloración y preservación de las diversas manifestaciones del Patrimonio Cultural y contribuir a su promoción, difusión, divulgación y uso social;
III. Impartir docencia en antropología, historia, Conservación, restauración y museografía, así como impulsar y participar en la formación, actualización, especialización y capacitación de recursos humanos en las materias de su competencia;
IV. Elaborar, con sustento en la investigación, inventarios, catálogos y registros de los acervos del Instituto;
V. Sustentar, técnica y académicamente la inscripción de monumentos arqueológicos, históricos y Bienes de Interés Paleontológico en el Registro Público de Monumentos y Zonas Arqueológicos e Históricos;
VI. Promover y realizar, con fines de Conservación y difusión, la reproducción de acervos del Patrimonio Cultural, de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables;
VII. Participar y promover la realización de investigaciones y trabajos interdisciplinarios e interinstitucionales, de acuerdo con los objetivos previstos en la Ley Orgánica, así como publicar, difundir y divulgar sus resultados a través de cualquier medio de difusión, incluyendo los digitales;
VIII. Asesorar, opinar, dictaminar y proponer sobre asuntos relacionados con las materias de su competencia, en atención a las solicitudes que realicen las autoridades o particulares; 5/11/21 12:33 DOF - Diario Oficial de la Federación https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5619150&fecha=24/05/2021&print=true 3/21
IX. Impulsar y participar en la organización y realización de congresos, foros, reuniones y actividades de carácter académico, científico, técnico, educativo y cultural, en las materias de su competencia;
X. Emitir opiniones y propuestas sobre la formulación y modificaciones de leyes, reglamentos, decretos y demás ordenamientos sobre las materias de su competencia, a solicitud de autoridades competentes;
XI. Asesorar y, en su caso, capacitar a los sectores público, social y privado, así como contribuir y participar en la elaboración y desarrollo de planes, programas y proyectos relacionados con las materias de su competencia;
XII. Promover la participación social en la investigación, protección, Conservación, preservación, revaloración, difusión y divulgación del Patrimonio Cultural, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
XIII. Elaborar, desarrollar y aplicar las políticas institucionales expresadas en planes, programas, proyectos y cualquier otro instrumento de esta naturaleza, que regulen, den seguimiento y evalúen sus actividades de investigación, Conservación, protección, restauración, promoción, difusión y divulgación de las materias de su competencia;
XIV. Elaborar su Normativa Interna, de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables;
XV. Dictaminar, participar y promover gestiones de recuperación del Patrimonio Cultural que se encuentre en el extranjero, de conformidad con lo establecido en las leyes sobre la materia y los tratados internacionales suscritos por el Estado mexicano;
XVI. Formular políticas y programas para la Conservación y salvaguardia de sus acervos, así como para la adquisición de otros que sean de su interés;
XVII. Opinar y, en su caso, dictaminar, de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables, sobre la ubicación y cambio de ubicación del Patrimonio Cultural, para su preservación, en atención a las solicitudes que realicen las autoridades competentes;
XVIII. Elaborar políticas, programas y proyectos de trabajo para la actualización y capacitación técnica y académica de su personal, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables;
XIX. Establecer políticas y estrategias para la administración de los recursos materiales, financieros y humanos, con el fin de garantizar el cumplimiento de sus atribuciones;
XX. Fortalecer y consolidar la estructura territorial del Instituto, tanto en lo que respecta a la operación de los Centros INAH, como al establecimiento de Centros INAH Regionales, con la finalidad de dar cumplimiento a sus objetivos y funciones en el territorio nacional;
XXI. Ejercer la custodia del Patrimonio Cultural, excepto en los casos en que las disposiciones jurídicas aplicables establezcan la custodia a favor de un tercero;
XXII. Formular y aplicar políticas y programas para la difusión y divulgación de sus actividades, así como promover una cultura de Conservación patrimonial mediante cualquier medio de comunicación, inclusive los digitales;
XXIII. Impulsar y desarrollar el intercambio de conocimiento académico y especializado entre sus unidades administrativas, y en especial con los Centros INAH;
XXIV. Documentar el Patrimonio Cultural de los pueblos y grupos sociales del país, y
XXV. Participar con las autoridades federales, estatales, municipales y tradicionales, en la formulación de programas y proyectos, con el fin de asegurar la Conservación del Patrimonio Cultural.