La Defensa Legal del Sitio Arqueológico Los Tlalteles, Chalco. Un caso actual.
Arqlga. Janis Verónica Guadalupe Rojas Gaytán. DSA-INAH
EL sitio arqueológico de Los Tlalteles, se ubica en el municipio de Chalco de Díaz Covarrubias, Estado de México y se tiene registro de la existencia del mismo desde la época Virreinal hasta nuestros días. Es mencionado en fuentes históricas y registros arqueológicos a lo largo del tiempo e inclusive fue inscrito en el plano municipal de Chalco en años recientes como zona arqueológica. Sin embargo desde hace un par de años, los terrenos ejidales sobre los cuales se encontraban reconocidos un total de 164 montículos, algunos de los cuales fueron edificados sobre plataformas y que contaban con estructuras de cal y canto, embarcaderos y canales, entierros humanos, ofrendas y un sinnúmero de materiales arqueológicos de las más diversas materias primas que abarcan una cronología asignada para la época prehispánica desde el período Preclásico superior (2500 a.C) hasta el Postclasico Tradío (1521 d.C.) distribuidos en al menos 74 hectáreas, fue severamente dañado y destruido tanto por la introducción de maquinaria pesada (trascabos), los nuevos propietarios quienes realizaron excavaciones a pico y pala y por la disgregación de toneladas de basura y cascajos provenientes de grandes acumulaciones de desechos sanitarios todo lo cual se permitió sin la autorización del INAH.
El proceso legal interpuesto en su momento a través del área jurídica del centro de trabajo del Estado de México fue obstaculizado por la interposición de cuatro amparos por parte de los ejidatarios de Villas de Chalco, que es el nombre del ejido correspondiente, contra el Instituto Nacional de Antropología e Historia, a quienes nos prohibieron el ingreso a dichos terrenos.
A pesar de haber desestimado a la fecha tres de los amparos mencionados, el juez 9o de distrito en el Estado de México ante quien se apercibieron los representantes ejidales no ha levantado la restricción para que los especialistas del INAH podamos ingresar. Así como tampoco se realizó ninguna exhortación hacia los ejidatarios para evitar que el sitio arqueológico de los Tlalteles fuera destruido.
A la par de los asentamientos, las construcciones y acciones irregulares en detrimento del sitio arqueológico se desató una seria y descarada campaña de vandalismo que inclusive se difundió en las redes sociales de la conocida plataforma Facebook para invitar a la población al saqueo en gran escala de los bienes arqueológicos así como a las acciones de escarnio para el Instituto Nacional de Antropología e Historia que no ha podido evitar ni sancionar los delitos derivados de esta serie de acciones aquí reveladas.
Cabe señalar que, estudiando el proceso jurídico, se ha podido observar fallas importantes de origen, como son faltas de información del área jurídica a los procedimientos legalmente establecidos para evitar errores en el desempeño de los especialistas, en este caso me refiero a los arqueólogos, de los actos tendientes a proteger los sitios, así como omisiones y falta de la adecuada asesoría y acompañamiento.
Este caso en específico ha dejado a la vista las deficiencias con que contamos en lo que respecta al manejo jurídico de las Leyes, reglamentos y procesos para la defensa de los sitios no sólo arqueológicos sino también históricos y paleontológicos, factor que debemos analizar a conciencia ya que está presentando una seria problemática que incluso se ha de mencionar que no es nueva, al tener una estadística grave de casos “perdidos” contra el saqueo, comercialización y destrucción de los bienes patrimonio de la nación.